
Si bien los detalles operativos se conocerán en un convenio cambiario del Banco Central de Venezuela, el mecanismo actuará libre y sin restricciones, según anticipó el vicepresidente del Área Económica, Rafael Ramírez.
Las líneas fundamentales del nuevo sistema cambiario son:
- > Es un mercado donde personas naturales y jurídicas (públicas y privadas) podrán comprar y vender divisas de manera legal a través la permuta de títulos o en efectivo. Las transacciones se harán bajo los términos dispuestos en los convenios cambiarios que dicte el BCV.
- Se deja abierta la posibilidad de que otras empresas públicas oferten dólares pero con la previa autorización del Ministerio de Finanzas.
- > Se realiza a través de operadores cambiarios, entre los cuales estarán los bancos universales y operadores de valores regulados por la Ley del Mercado de Valores.
- "Se trata de combatir una actividad que ahorita es ilegal, subrepticia, que se abra", afirmó.
- > La tasa de cambio será fluctuante y "va a ser produjo de la puja que se cree en ese mercado", pero el BCV y Pdvsa intervendrán cuando sea necesario a través de la oferta de divisas.
- "El sentido de todo esto es que el paralelo baje. El dólar permuta no va a ser un dólar guarimbero, para que baje a unos niveles razonables", señaló Ramírez.
- > La actividad del Sicad 2 será diaria.
- > El nuevo mecanismo que Pdvsa y el BCV ofrezcan dólares y también otras instituciones públicas.
- > La participación en el Sicad 2 no es excluyente con el Sicad o en Cencoex, pero se fijará una lista de cuáles importaciones se autorizarán a la tasa del Sicad 2 y cuáles a la tasa del Cencoex.
- > Las actividades consideradas prioritarias podrán ser flexibilizadas ante el Cencoex. Se podrá "flexibilizar o dispensar a los solicitantes la consignación de requisitos no indispensables o postergar la presentación de los mismos", reseña la Gaceta .
- > Quienes adquieran divisas "mediante engaño, alegando causa falsa o valiéndose de cualquier otro medio fraudulento, será penado de tres a siete años de prisión y multa del doble, equivalente en bolívares, del monto de la respectiva operación cambiaria, además de la venta o reintegro de las divisas al Banco Central de Venezuela", añade la Gaceta Oficial.
- La Ley ordena la supresión de 180 días de Cadivi para fortalecer las operaciones del Cencoex
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